10 preguntas frecuentes sobre la oposición de farmacia militar
Centro Militar de Farmacia de la Defensa: Oposiciones y dudas comunes
Oposición de farmacia militar
En AFIR sabemos que esta oposición genera un poco de dudas y algunos no sabéis como acceder a ella, cuáles son los requisitos, las salidas que tiene y demás… ¡No os preocupéis por nada! gracias a nuestro tutor de Farmacia Militar, os dejamos un Top10 de las preguntas más frecuentes y sus respuestas que sabemos os va a ayudar muchísimo..
1. ¿Cuáles son las funciones más importantes que realiza un Farmacéutico Militar?
Las funciones de un Farmacéutico Militar no se limitan a la gestión de una Oficina de Farmacia, sino que va más allá. La función principal es la asistencial y analítica, la gestión de todos los recursos sanitarios y el análisis de las aguas de consumo y piscinas y la detección de drogas en orina. Además dependiendo del destino y Ejército en que te encuentres destinado, a las anteriores tendrás que añadir:
– Como autoridad sanitaria, tendrás funciones de inspección.
– Podrás realizar especialidades complementarias, como Farmacia Hospitalaria, Análisis Clínicos, Farmacia Industrial y Galénica, Radiofarmacia…
– Investigación y docencia.
– Participar en Misiones Internacionales.
2. ¿Qué requisitos hay que cumplir?
– Poseer la nacionalidad Española
– No cumplir, ni haber cumplido en el año de la convocatoria:
– Ingreso Directo: 31 años
– Promoción para cambio de escala y cambio de cuerpo: 40 años
– No estar privado de los derechos civiles
– Carecer de antecedentes penales.
– No hallarse procesado, imputado, investigado o encausado en algún procedimiento judicial por delito doloso.
– No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos Constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones publicas
– Estar en posesión o en condiciones de poseer el nivel de estudios o la titulación de la Licenciatura o el Grado en Psicología.
– No haber causado baja en un centro docente militar de formación por los motivos establecidos en el artículo 71.2. c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
– No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condiciones psicofísicas.
– No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características, quienes hayan causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el articulo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de diciembre.
– En el caso de haber dado positivo en detección de sustancias psicotrópicas o drogas en la analítica que en el seno de un proceso de selección anterior le hubiera sido practicada, deberá haber transcurrido un periodo de un año, contado a partir de la fecha de exclusión.
– El personal militar profesional no debe haber dado positivo en las pruebas de detección de sustancias psicotrópicas o drogas que se le hubiera realizado dentro del periodo de un año inmediatamente anterior a la fecha límite de presentación de solicitudes.
– No tener anotadas, con carácter firme, en vía administrativa, en su historial militar individual, sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.
– Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades, virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo las prendas comunes para el personal masculino y femenino de los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas modalidades, a excepción de los especiales y de educación física, cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden DEF/1756/2016, de 28 de octubre (BOE número 270, de 8 de noviembre), por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas, todo ello de conformidad con el artículo 15.5 del Reglamento, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo (BOE número 132, de 31 de mayo).
– Por Promoción interna:
a) Encontrarse en la situación de servicio activo o de excedencia por razón de violencia de género.
b) No superar el número máximo de tres convocatorias ordinarias y dos extraordinarias, en un mismo proceso de selección. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo, las tres primeras convocatorias son ordinarias y las dos siguientes extraordinarias. Las convocatorias extraordinarias deberán calificarse expresamente como tales en la solicitud de admisión al proceso correspondiente. Una convocatoria se entiende consumida cuando la persona que oposita haya sido incluida en la lista definitiva de admitidos a las pruebas. No obstante, si la incomparecencia obedeciera a causa de fuerza mayor debidamente justificada, a motivos de embarazo, parto o posparto, o bien a que el personal militar se encuentre participando en una misión fuera del territorio nacional, se resolverá, previa solicitud y justificación documental de la persona interesada efectuada antes del inicio de la primera prueba, no computándosele la convocatoria como consumida.
c) Haber cumplido los siguientes tiempos de servicio en su escala, en la fecha de incorporación al centro docente militar de formación correspondiente:
– Militares de complemento de la Ley 17/1999: Cuatro (4) años, contados desde su adscripción a una escala y cuerpo.
– Militares de complemento de la Ley 39/2007: Dos (2) años, contados desde su adscripción a una escala y cuerpo.
– Suboficiales: Un (1) año, contado desde su incorporación a la Escala de Suboficiales.
– Militares de tropa y marinería: Un (1) año, contado desde su incorporación a las Escalas de Tropa o Marinería.
3. ¿Cuántos exámenes hay que realizar?
– Hay que superar las siguientes pruebas. Todas ellas excluyentes, es decir si no superas una de ellas quedas eliminado del proceso selectivo:
– Prueba de conocimientos de Farmacia (examen tipo FIR) 250 preguntas en un máximo de 5 horas
– Ejercicio práctico:
– Determinación analítica (durante un plazo máximo de 2 horas, determinación que se elegirá por sorteo)
– Casos teórico-prácticos (dos casos elegidos por sorteo en un plazo máximo de una hora)
Tras finalizar las dos partes, serán leídos por el opositor en sesión pública.
– Prueba psicológica
– Pruebas físicas
– Reconocimiento médico
4. ¿Hasta qué edad te puedes presentar?
31 años por Acceso Directo, 40 años por Promoción Interna.
5. ¿Hay que presentarse al FIR para tener garantías en esta oposición?
Es muy recomendable dado que el temario es muy similar, por tanto la preparación del examen FIR te permitirá llevar muy bien trabajado el examen teórico.
6. ¿Cuál es la estatura mínima para poder presentarse?
-Mujeres: 155 centímetros.
-Hombres: 160 centímetros
7. Tengo miopía ¿me puedo operar?
-Sí, pero debes tener en cuenta que actualmente no están permitidas las lentes intraoculares.
8. ¿Qué agudeza visual me permiten?
-Agudeza visual mínima exigida con o sin corrección: 1 en un ojo y 0,8 en el otro.
-Máximos defectos permitidos en cualquier ojo:
– Miopía: -4 dioptrías.
– Hipermetropía: + 4 dioptrías.
– Astigmatismo: ± 2 dioptrías con independencia del componente esférico.
9. ¿Los farmacéuticos militares participan en misiones internacionales?
Sí, los farmacéuticos militares participan en aquellas misiones internacionales donde se considere oportuna su presencia. Actualmente participan farmacéuticos militares en las misiones de Irak y de Líbano, durante periodos de 3 meses.
10. ¿Qué ocurre una vez apruebes el examen?
Los aspirantes que obtengan plaza en la convocatoria realizaran una instrucción militar de un año de duración. Durante la misma pasarán por las Academias y Escuelas Militares de Oficiales de los tres Ejércitos y posteriormente realizarán una instrucción específica en la Escuela Militar de Sanidad. Trascurrido ese tiempo saldrán destinados, por orden de antigüedad a las vacantes que en ese momento existan.