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Convocatoria MIR 2019 – Solicitud, documentos, plazos, lugares

Convocatoria de solicitudes MIR 2019 abierta

Os informamos que con fecha de ayer, 14 de septiembre de 2018, se ha publicado la Convocatoria en BOE de la Orden SCB/947/2018, de 7 de septiembre, por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2018 para el acceso en el año 2019 a las plazas de formación sanitaria especializada para Médicos, Farmacéuticos, Enfermeros….”

El plazo de presentación de solicitudes es del 17 al 26 de Septiembre de 2018, ambos inclusive. Os aconsejamos que hagáis el trámite de inscripción cuanto antes, no lo dejéis para el último día.
A modo de resumen,  y con carácter general, os indicamos que documentos que tenéis que presentar.

Documentos que presentar para MIR 2019

1. Modelo 790 de solicitud. Debidamente cumplimentado, firmado y validado por la entidad bancaria.  Este último requisito no afecta a los aspirantes exentos del pago de la tasa, que lo sustituirán por los documentos acreditativos de su condición.
Este impreso estará disponible a partir del 17 de septiembre, y lo podéis rellenar directamente desde la página del Ministerio en este link: https://sede.msssi.gob.es/fse/modelo790

El pago de la tasa de 30,49€ lo podéis abonar en cualquier entidad bancaria colaboradora, Banco Santander, BBVA, LaCaixa, Bankia, etc.

También se puede realizar el pago por vía telemática, pero el titular de la cuenta o de la tarjeta de crédito (no es necesario que seáis vosotros mismos) tiene que disponer de un certificado digital. Desde el propio link que os hemos facilitado os dará la opción de hacer el pago de esta forma, o podéis imprimir el documento y pagarlo directamente en el Banco.

2. Copia auténtica del DNI.

3. Copia auténtica del Título Universitario o del resguardo acreditativo de solicitud.

4. Copia auténtica del Certificado de Notas expedido por vuestra Universidad, donde consten las notas de las asignaturas y la fecha de finalización de la carrera.

5. Si se han cursado estudios de Doctorado, deberá de aportarse  Copia auténtica del título acreditativo.

6.  En su caso, Renuncia Previa a la Plaza: Para aquellos aspirantes que se presentan de nuevo al MIR tras haber aceptado una plaza previa en formación: Certificado original del documento de renuncia en el que deberá figurar la diligencia expedida por la Gerencia, que no podrá ser posterior a la fecha en la que finalice el plazo de presentación de instancias.

7. Copia auténtica de los documentos que acrediten la exención o bonificación del abono de tasas, sea por desempleo, discapacidad o familia numerosa.

Nota 1: La copia auténtica se realiza aportando DOCUMENTO ORIGINAL ante el funcionario encargado de la recepción de los documentos.

Nota 2: Aquellos que se hayan presentado en alguna de las tres convocatorias anteriores, únicamente tendrán que aportar el modelo 790 con el pago de la tasa, y no hará falta aportar el resto de la documentación.

Lugar de presentación de los documentos

Os adjuntamos el Anexo III de la Convocatoria en el BOE con las direcciones del Ministerio, Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno para presentar la documentación.

Calendario de fechas

Plazo de presentación de solicitudes: Del 17 al 26 de septiembre de 2018, ambos inclusive.

Exhibición Relaciones Provisionales de Admitidos: A partir del 14 de noviembre de 2018.

Exhibición Relaciones Definitivas de Admitidos: A partir del 27 de diciembre de 2018.

Fecha del examen sábado 2 de febrero de 2019.

Exhibición de Plantillas de Respuesta Correctas: A partir del 5 de Febrero de 2019.

Plazo reclamaciones a las Plantillas de Respuestas correctas: Días 6, 7 y 8 de febrero de 2019.

Reunión de las Comisiones Calificadoras: 18 de febrero de 2019.

Exhibición de las Relaciones Provisionales de Resultados: A partir del 25 de febrero de 2019.

Exhibición de las Relaciones Definitivas de Resultados: A partir del 21 de marzo de 2019.

Actos de Asignación de Plazas: A partir del 22 de Abril de 2019.

Plazo de Incorporación: 27 y 28 de Mayo de 2019.

Resumen de la convocatoria MIR 2019

– Plazas convocadas: 6.797.

–  Posibilidad de realizar presentación electrónica de la solicitud cuando se cumplan los requisitos que se especifican a continuación: Los interesados podrán realizar la presentación electrónicamente en la Sede Electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad https://sede.msssi.gob.es/fse/modelo790El mencionado modelo deberá ser cumplimentado y presentado siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo poseer un certificado digital de persona física válido.

Los aspirantes que pueden acogerse a esta vía de presentación de la solicitud deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española.

b) Disponer de certificado electrónico válido. Puede consultar la lista de certificados admitidos en la página Web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

c) Rellenar el campo Número de identificación (NIF) en el formulario.

d) Marcar la casilla “Doy consentimiento para la consulta y verificación de datos de identidad” en el modelo 790.

e) Haber sido admitido a examen en alguna de las convocatorias 2015-2016, 2016-2017 o 2017-2018.

f) No optar al cupo de plazas de personas con discapacidad.

g) No renunciar a plaza en formación como residente.

La presentación de solicitudes por esta vía conllevará igualmente el pago electrónico de la tasa de derechos de examen en los términos descritos en el apartado anterior.

– La falta de firma del Modelo 790 por parte de los aspirantes, supondrá la EXCLUSIÓN de la prueba.

– Cupo de plazas para extracomunitarios: será como el año anterior el 4%de las plazas ofertadas y no habrá segunda vuelta de adjudicación.

– Declaración jurada de carencia de rentas en el caso de aspirantes en situación de desempleo. El propio M790 de solicitud incorpora la fórmula impresa mediante la que se hará esta declaración jurada, por lo que solamente será preciso firmar dicho modelo sin que sea necesario aportar otro documento. Además y como ya se ha citado anteriormente, los aspirantes podrán optar por acreditar la situación de desempleo sin enviar documentación siempre que presten su consentimiento expreso, a través de la casilla destinada al efecto en el modelo de solicitud 790 para consultar su situación ante la Plataforma de Intermediación de datos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

– Nota de corte para todas titulaciones. Se mantiene en el 35% de la media aritmética obtenida por los diez mejores examenes en cada titulación (en esa operación no se tendrán en cuenta los números decimales).

– Se mantiene, sin cambios, el sistema para la adjudicación de plazas a aspirantes que hayan acreditado una discapacidad igual o superior al 33% y hayan optado por el turno específico de aspirantes con discapacidad. El 7% de las plazas ofertadas para cada titulación, podrán ser adjudicadas a estos aspirantes, en los mismos términos ya aplicados en la convocatoria anterior.

– Reconocimiento médico: en el plazo de 3 meses a partir del día en el que concluye el plazo de toma de posesión.

– No habrá Admisión Provisional a la prueba. Todos los requisitos de participación deberán cumplirse y acreditarse en el plazo de presentación de solicitudes aunque se podrán aportar también en el plazo de subsanación y reclamación a la Relación Provisional de Admitidos y No Admitidos (siempre y cuando la fecha de obtención no sea posterior al último día de inscripciones).

MIR 2019 para extranjeros

DOCUMENTOS:

– Modelo 790. Es el impreso de solicitud para presentarse al examen. Lo podéis descargar, a partir del 19 de septiembre, directamente, desde la página del Ministerio. Os adjuntamos el link de la página web para descargar el impreso https://sede.msssi.gob.es/fse/modelo790
Este año también se puede realizar el pago por vía telemática, pero el titular de la cuenta o de la tarjeta de crédito (no es necesario que seais vosotros mismos) disponga de un certificado digital. Desde el propio link que os hemos facilitado os dará la opción de hacer el pago de esta forma.
Los alumnos extranjeros que estén en su país de origen tienen que presentar su solicitud a través de Consulado u oficinas consulares. Para realizar el pago de la tasa lo tienen que hacer mediante transferencia bancaria a este número de cuenta:
SWIFT BBVA ES MM IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822
El pago de la tasa es 30,49€. A este importe hay que añadir las comisiones que aplique el banco. Tienen que aportar justificante original acreditativo de la realización de la transferencia con el pago de la tasa correspondiente.

Los extranjeros que se encuentren en España, podrán presentar su documentación en el Ministerio de Sanidad o en cualquier Delegación de Gobierno de su Provincia.

– Documentos de Identidad, NIE, Pasaporte.

–  Pertenecientes a la Unión Europea: Tendrán que presentar copia auténtica del Pasaporte o Documento acreditativo, en vigor, con el que hicieron la entrada en territorio español y en su caso, Certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
– Hijos o cónyuge de residentes de la Unión Europea: aportarán copia auténtica de la Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o, en su caso, acreditación de que se encuentra en tramitación por haberla solicitado.
– Extranjeros con Permiso de Residencia: aportarán copia auténtica de la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
– Extranjeros que presenten su solicitud a Examen en su país: aportarán copia auténtica del pasaporte en vigor realizada por las representaciones diplomática o oficinas consulares de España en el país que corresponda. La copia auténtica por la oficina consular, también se exigirá en los supuestos en los que las solicitudes se remitan mediante empresas internacionales de transporte desde los países de origen.

– Título Homologado.
– Certificado de Notas. Fotocopia Compulsada de la certificación académica personal expedida por la Universidad, y con traducción jurada, en la que debe constar la tabla de calificaciones utilizada por la Universidad.
– Declaración Jurada: La tienen que presentar los alumnos que posean visado de estudios en España, o aquellos que realicen las inscripciones a través de las representaciones diplomáticas de su país. Podréis presentar el modelo que figura en la Convocatoria en el Anexo IV y que adjuntamos en este correo.
– Conocimiento del Idioma: Para los extranjeros cuyo idioma oficial no sea el castellano, deberán de aportar fotocopia Compulsada de Diploma de español que acredite el conocimiento suficiente del idioma: C1 ó C2, expedido por el Instituto Cervantes.

Si necesitáis cualquier información adicional no dudéis en poneros en contacto con nosotros, o llamar directamente a la Unidad Mir del Ministerio: 91.596.11.81.

 

Un abrazo y MUCHO ÁNIMO con el estudio!!

Equipo AMIR